La Corte Constitucional deja sin efecto licitación del aseo en Bogotá

2011, Bogotá, Redacción Periódico El Tiempo

Según el alto tribunal, no se respetaron los derechos constitucionales de los recicladores

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Juan Carlos Henao, señaló que las condiciones en los pliegos no respetan el principio de igualdad.

Indicó que “no asegura que todas las asociaciones de recicladores tengan acceso a utilidades ciertas y periódicas”.

Aseguró, además, que las medidas adoptadas por la Unidad Adminnistrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp), encargada de liderar el proceso licitatorio para el servicio de aseo en Bogotá, no corrigieron las deficiencias denunciadas.

Sobre un posible colapso en la operación de recolección de basuras en Bogotá, el Presidente de la Corte descartó esa posibilidad.

“En este momento están vigentes unos contratos para recoger hasta el último kilo de basura que haya en cualquier rincón de la ciudad. Por ese motivo, les puedo dar un parte de tranquilidad”, dijo Henao.

Asimismo la Corte le ordenó a la Alcaldía mayor de Bogotá, a través de la Uaesp (Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos), que defina un esquema de metas a cumplir en el corto plazo para formalizar a los recicladores. El esquema  deberá ser entregado a la Corte Constitucional y a la Procuraduría a más tardar el 31 de marzo del año entrante.

En ese sentido también se dirigió a la Procuraduría para que realice un seguimiento a este esquema y que le informe a la Corte sobre su evolución cada tres meses.

No hay igualdad

La Corte estimó que las ganancias por el reciclaje que iban a tener los consorcios no beneficiarían a las personas que realmente hacían el trabajo.

El alto tribunal hizo énfasis en que no existe claridad sobre las utilidades que se van a generar. Además, no existe obligación jurídica que permita que los recicladores puedan ver algún beneficio de dichas utilidades.

La Corte encontró una contradicción en el pliego de la licitación, pues aunque exige que haya reciclaje como mínimo en el 32 por rutas, las personas que se encargan de hacer este trabajo no tienen relación con las empresas de recolección.

“Tan importante labor ecológica para la ciudad quedará en letra muerta, al no haber mecanismos jurídicos que la hagan realidad. Una cosa es el cubrimiento de las rutas de reciclaje y otra bien distinta es la separación del usuario en la fuente”, dice el fallo.

La Corte consideró que por el hecho de que los recicladores deben competir por los mismos residuos con los camiones recolectores, ni existe separación segura en la fuente, ni centros de acopio, así como tampoco existe un mercado asegurado, ni tarifas no se trata de una medida eficiente ni coherente.

REDACCIÓN JUSTICIA

 

Fuente: https://bit.ly/2DLfDcn